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Accidentes de trabajo

Te acompañamos frente a la ART y la comisión médica desde el primer día.

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Leyes 24.557, 26.773 y 27.348 · Ley provincial 14.997 · Tabla de incapacidades: Decreto 549/2025 · Prescripción: 2 años (art. 44 LRT)

Trabajador de espaldas con casco amarillo

Qué incluye

  • 01 Accidente en el trabajo Lesiones durante la jornada.
  • 02 In itinere En el camino entre tu casa y el trabajo.
  • 03 Enfermedad profesional Afecciones causadas por la tarea.
  • 04 Alta discutida Cuando la ART da el alta y seguís con secuelas.
  • 05 Rechazo del siniestro La ART niega que sea laboral.
  • 06 Comisión médica Patrocinio obligatorio en el trámite.

Cómo avanza

  1. 01 Nos escribís Con la denuncia a la ART y los estudios que tengas.
  2. 02 Comisión médica Te representamos en el trámite y en la evaluación de la incapacidad.
  3. 03 Reclamo Si el dictamen no es justo, se recurre o se demanda.
Qué traer
  • DNI
  • Número de siniestro de la ART
  • Estudios y certificados médicos
  • Recibos de sueldo

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pasar por la comisión médica?

Sí. En la provincia de Buenos Aires, por la adhesión a la Ley 27.348 (Ley 14.997), la comisión médica es la instancia previa obligatoria, y se hace con patrocinio de un abogado.

¿Qué hago si la ART me dio el alta y sigo con dolor?

Se puede discutir el alta y pedir que se evalúe la incapacidad que quedó. Guardá todos los estudios y consultanos antes de firmar nada.

¿El accidente yendo al trabajo cuenta?

Sí, el accidente in itinere está cubierto si ocurre en el trayecto habitual entre tu casa y el trabajo. Hay que denunciarlo a la ART cuanto antes.

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Diagonal Pueyrredón 2970, piso 3, Mar del Plata · también online

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